Meta global de carga contaminante


La autoridad ambiental competente establecerá, cada cinco años, una meta global de carga contaminante para cada cuerpo de agua o tramo. La meta global será definida para cada uno de los elementos, sustancias o parámetros, objeto del cobro de la tasa y se expresará como la carga total de contaminante a ser vertida al final del quinquenio, expresada en términos de kilogramos/año.

Artículo 2.2.9.7.3.1.  Decreto 1076 de 2015.

Conocer la Resolución 2094 de 2024.

En el desarrollo de la implementación de las tasas retributivas de la jurisdicción, Corpoboyacá ha desarrollado los procesos de metas de carga contaminante en las siguientes cuencas: