Comunicado a la opinión pública
Redacción: Camilo Becerra Fotografía: Miguel Leguizamón
Ante la información publicada por diferentes medios de comunicación referente a la solicitud por parte de Cemex de prórroga por 30 años más de explotación de caliza a cielo abierto en el municipio de Moniquirá, Corpoboyacá, se permite aclarar lo siguiente:
- La empresa CEMEX COLOMBIA S.A., cuenta con Plan de Manejo Ambiental, para la explotación de materiales de construcción (caliza) amparado por el contrato de concesión 11968, en un área ubicada en las veredas Colorado y Tierra de González, en jurisdicción del municipio de Moniquirá, dentro del expediente ambiental OOLA-00268-96, el cual fue establecido mediante Resolución No.0132 del 7 de febrero de 2006 y en cuyo artículo tercero se estipuló que el término del plan de manejo ambiental será el mismo del Contrato de concesión minera No 11968 de Ministerio de Minas y Energía.
- En la actualidad la empresa CEMEX COLOMBIA S.A., se encuentra adelantando el trámite de prórroga del contrato de concesión 11968 ante la Agencia Nacional de Minería-ANM, quien es la entidad competente para decidir dicho el trámite, aclarando. que Corpoboyacá, como autoridad ambiental, NO tiene entre sus funciones la de prorrogar los títulos mineros en su jurisdicción.
- Corpoboyacá, en cabeza de la Subdirección de Administración de Recursos Naturales, en el marco de sus funciones de autoridad ambiental realizó seguimiento, control y vigilancia al instrumento ambiental establecido mediante Resolución No.0132 del 7 de febrero de 2006, para el proyecto de explotación minera de materiales de construcción (caliza), dentro del área del contrato de concesión minera No. 11968, visita que se realizó el día 20 de mayo del 2024, evidenciando en general que el proyecto minero se encuentra inactivo, ya que el titular minero CEMEX COLOMBIA S.A., suspendió actividades desde el año 2021 de manera voluntaria.
- Dentro de los seguimientos realizados al expediente OOLA-00268-96 se ha puesto en conocimiento de la empresa CEMEX COLOMBIA S.A, que para reiniciar las labores de explotación dentro del área del contrato de concesión minera No. 11968 deberá previamente proceder a la modificación de dicho instrumento, de acuerdo a lo normado en los Artículos 2.2.2.3.7.1, 2.2.2.3.7.2 y 2.2.2.3.8.1 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015.
- A la fecha La empresa CEMEX COLOMBIA S.A. NO ha radicado ante Corpoboyacá solicitud de modificación del Plan de Manejo Ambiental, para la explotación de materiales de construcción (caliza).