Aclaración convocatoria elección representantes y suplentes sector privado ante el Consejo Directivo Corpoboyacá periodo 2020-2023


El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá «Corpoboyacá» en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 1850 de fecha 16 de septiembre de 2015, «Por medio del cual se adiciona el decreto 1076 de 2015, decreto único reglamentario del sector ambiente y desarrollo sostenible, en relación con el trámite de elección de los representantes ante el Consejo Directivo de las Corporaciones Autónomas Regionales» en armonía con la Sentencia del Consejo de Estado 2016000031-00 de 7 de julio de 2016, se dispone:

Aclara

Que la convocatoria publicada el día 11 de octubre de 2019 en el periódico Boyacá Siete Días y en la Página web de la Entidad, está dirigida a todas las organizaciones del sector privado, incluidas personas jurídicas y personas naturales legalmente constituidas de conformidad con la normatividad que les aplique y que tengan su domicilio y/o cumplan su objeto en el área de jurisdicción de la Corporación, a que se refiere el literal e) del artículo 26 de la Ley 99 de 1993, para que el día 29 de noviembre del 2019, a las 9:00 a.m. se hagan presentes en el Aula Ambiental de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá Corpoboyacá, ubicada en la Antigua Vía Paipa # 53-70, con el propósito que elijan, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2023, a sus representantes y suplentes ante el Consejo Directivo de la Corporación para el mismo tiempo.

Requisitos

Las entidades del sector privado que quieran participar en la elección de los representantes al Consejo Directivo deben presentar ante la Secretaría General y Jurídica de la Corporación ubicada en la Antigua Vía Paipa No. 53 – 70 de la ciudad de Tunja, a más tardar el día 07 de noviembre de 2019 en el horario de 7:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m., los siguientes documentos, consignados en el Artículo 2.2.8.5A.13 del Decreto 1850 de 2015, y que a continuación se transcriben:

  • a) Certificado existencia y representación legal expedido por cámara de comercio que se encuentre vigente al momento de presentación de la documentación, o lo que acredite su calidad de conformidad con lo establecido en la sentencia del Consejo de Estado 2016000031-00 de 7 de julio de 2016, donde conste que la organización privada desarrolla sus actividades en la jurisdicción durante los últimos 2 años.
  • b) Un informe con sus respectivos soportes sobre las actividades que la organización privada desarrolla en el área de jurisdicción de respectiva Corporación.
  • c) En caso que deseen postular candidato, deberán adjuntar la hoja de vida con sus soportes de formación y experiencia y copia del documento de la respectiva Junta Directiva o del órgano que haga sus veces, en la cual conste la designación del candidato, según sea el caso, de conformidad con lo establecido en la Sentencia del Consejo de Estado 2016000031-00 de 7 de julio de 2016.

Así mismo, en cumplimiento de las previsiones consignadas en el artículo 2.2.85A.14 del Decreto 1850 de 2015, el día 21 de noviembre del año de la presente anualidad, Corpoboyacá publicará los resultados de la evaluación del proceso de convocatoria, en el cual se indicarán los habilitados para participar, así como los candidatos elegibles y rechazados.

Para mayor Información en la Secretaría General y Jurídica de Corpoboyacá ubicada en la Antigua Vía Paipa # 53-70 de la ciudad de Tunja Segundo piso.

Para conocer el texto y decisiones del Consejo de Estado sobre este tema Sentencia 2016000031-00 de 7 de julio de 2016 ver:

https://www.corpoboyaca.gov.co/noticias/convocatoria-eleccion-representantes-sector-privado-consejo-directivo/


José Ricardo López Dulcey
Director General