Tala forestal por riesgo inminente de caída


Individuos vegetales con las siguientes condiciones:

  • Que se encuentren ubicados en terrenos con pendiente hasta un 20% con un grado de inclinación de 30°, y en terrenos con pendiente superior a 20% con un grado de inclinación mayor a 10°.
  • Que se encuentren en áreas inestables (procesos erosivos activos) y que estén en franjas protectoras inundadas y que puedan causar lesiones a personas, semovientes o infraestructura.
  • Que presenten sistema radicular descubierto y/o eliminado con riesgo de caída sobre infraestructuras, caminos, carreteables y vías.
  • Que por su ubicación y mal estado sanitario o estructural (secos o muertos, ramas fisuradas) puedan causar lesión a transeúntes, semovientes, vehículos o infraestructura.

Si presenta esta situación se informa a la Corporación mediante comunicación escrita y evidencia fotográfica.

Tala de emergencia

¿Cómo se identifica?

Árboles aislados localizados en centros urbanos que, por razones de su ubicación, estado sanitario o daños mecánicos, estén causando perjuicio a la estabilidad de los suelos, a canales de agua, andenes, calles, obras de infraestructura o edificaciones.

 

La gestión de la solicitud de autorización debe llevarse a cabo ante Corpoboyacá. El procedimiento y trámite correspondiente se encuentran detallados en el siguiente enlace: https://www.corpoboyaca.gov.co/ventanilla-atencion/aprovechamiento-forestal-arboles-aislados/