Tala forestal por riesgo inminente de caída


Individuos vegetales con las siguientes condiciones:

  • Que se encuentren ubicados en terrenos con pendiente hasta un 20% con un grado de inclinación de 30°, y en terrenos con pendiente superior a 20% con un grado de inclinación mayor a 10°.
  • Que se encuentren en áreas inestables (procesos erosivos activos) y que estén en franjas protectoras inundadas y que puedan causar lesiones a personas, semovientes o infraestructura.
  • Que presenten sistema radicular descubierto y/o eliminado con riesgo de caída sobre infraestructuras, caminos, carreteables y vías.
  • Que por su ubicación y mal estado sanitario o estructural (secos o muertos, ramas fisuradas) puedan causar lesión a transeúntes, semovientes, vehículos o infraestructura.

Si se presenta alguna situación de estas por favor solicitar autorización de tala al comité de Gestión del Riesgo de su municipio.

Tala de emergencia

¿Cómo se identifica?

Árboles aislados localizados en centros urbanos que, por razones de su ubicación, estado sanitario o daños mecánicos, estén causando perjuicio a la estabilidad de los suelos, a canales de agua, andenes, calles, obras de infraestructura o edificaciones.

La solicitud de autorización se debe adelantar ante Corpoboyacá; el trámite y procedimiento lo encuentra aquí …. https://www.corpoboyaca.gov.co/ventanilla-atencion/aprovechamiento-forestal-arboles-aislados/