Permiso de vertimiento


Artículo 2.2.3.3.5.1 del decreto 1076 de 2015.

Es el permiso que otorga la autoridad ambiental a una persona natural o jurídica, cuya actividad o servicio genera vertimientos a las aguas superficiales, marinas o al suelo.

En la siguiente tabla se encontrará la información relacionada con los trámites de permiso de vertimiento en la jurisdicción de Corpoboyacá: