¿Cuáles son las fases del POMCA?
El POMCA está compuesto de 6 fases las cuales constan de:
- Aprestamiento
- Diagnóstico
- Prospectiva y zonificación ambiental
- Formulación
- Ejecución
- Seguimiento y control
Plan de Ordenación y Manejo de las Cuencas Hidrográficas y Acuíferos en la jurisdicción de Corpoboyacá.
Teniendo en cuenta los desastres ocasionados por la ola invernal en los años 2010-2012, el gobierno nacional expidió la Política Nacional de Gestión integral de Recurso Hídrico – PNGIRH, así mismo expide Decreto 1640/12, con el fin de incorporar el componente de gestión del riesgo en el ordenamiento territorial, por otro lado buscando fortalecer los procesos de participación ciudadana en la gestión ambiental del territorio, expidió la resolución 509/13, por medio de la cual se conforman las instancias de participación y consulta denominadas consejos de Cuenca.
La ordenación y manejo de cuencas hidrográficas se rige bajo el siguiente esquema normativo:
Gráfica Gestión del riesgo hídricoColombia cuenta con cinco MACROCUENCAS: Caribe, Magdalena Cauca, Orinoco, Amazonas y Pacífico. De las cuales dos de estas cubren el territorio boyacense así: Magdalena Cauca y Orinoco.
Consultar mapaAsí mismo el país se encuentra subdividido en: 40 zonas hidrográficas de las cuales 5 impactan el territorio boyacense así : Medio Magdalena, Sogamoso, Meta, Casanare y Arauca.
Consultar mapaLas zonas hidrográficas de Colombia se subdividieron en 311 subzonas hidrográficas con 396 niveles subsiguientes, objeto de ordenación y manejo, de las cuales 19 hacen parte de la jurisdicción de Corpoboyacá.
Consultar mapaEs el instrumento de mayor jerarquía para la planificación del territorio (Subzona hidrográfica), el cual se construye de manera colectiva para planear el uso equilibrado de los recursos que existen en la cuenca como son el suelo, las aguas, la flora y la fauna con el objetivo de mantener y proteger el recurso hídrico presente.
El POMCA busca el equilibrio ambiental, social y económico del territorio. Permitiendo el aprovechamiento racional de los recursos naturales, sin comprometer la estructura ecológica. Por tal razón la interacción entre actores de todos los ámbitos es necesaria para lograr un engranaje eficaz en la gestión ambiental del territorio.
Para dar orientaciones desde el punto de vista ambiental en la revisión y ajuste de los planes de ordenamiento territorial.
Para tener insumos y lineamientos técnicos que permitan prevenir la ocurrencia de desastres causados por fenómenos naturales en la cuenca.
Decreto 1076 2015 REGLAMENTO UNICO DEL SECTOR AMBIENTE Y DESARROLLO SOSNENIBLE
Incorporación Decreto 1640 de 2012: El Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica se constituye en instrumento de superior jerarquía y determinante ambiental para la elaboración y adopción de los planes de ordenamiento territorial.
Una vez adoptado el Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica, estos (POT-EOT) deberán tener en cuenta en sus propios ámbitos de competencia lo definido por el POMCA, como norma de superior jerarquía, al momento de revisión y ajuste y/o adoptar el respectivo Plan de Ordenamiento Territorial, con relación a: La zonificación ambiental, El componente programático, El componente de gestión del riesgo.
Parágrafo 1: Para la determinación del riesgo, las zonas identificadas como de alta amenaza en el Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca, serán detalladas por los entes territoriales de conformidad con sus competencias.
Parágrafo 2: Los estudios específicos del riesgo que se elaboren en el marco del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica, serán tenidos en cuenta por los entes territoriales en los procesos de formulación, revisión y/o adopción de los Planes de Ordenamiento Territorial.
Es función de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible la elaboración de los Planes de Ordenación y Manejo de las Cuencas Hidrográficas de su jurisdicción, así como la coordinación de la ejecución, seguimiento y evaluación de los mismos. Art. 18. Decreto 1640 de agosto de 2012. La vigencia de los POMCAS es de 10 años.
Comisiones Conjuntas es la instancia que permite concertar y armonizar el proceso de ordenación y manejo de cuencas hidrográficas comunes entre dos o más Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible. (ARTÍCULO 2.2.3.1.8.1. Decreto 1076 de 2015)
Pomca | Comisión | Área |
---|---|---|
1. Río Alto Chicamocha - NSS | Corpoboyacá | 215.457,7 |
2. Río Medio y Bajo Suárez - NSS | Corpoboyacá, CAS y CAR | 613.823,5 |
3. Río Garagoa - SZH | Corpoboyacá, Corpochivor y CAR | 248.714,3 |
4. Río Carare (Minero) - SZH | Corpoboyacá, CAS y CAR | 728.262,8 |
5. Directos al Magdalena Medio entre ríos Negro y Carare (md) - SZH | Corpoboyacá y CAS | 268.477,6 |
6. Río Cravo Sur - SZH | Corpoboyacá y Corporinoquia | 516.061,2 |
7. Río Negro - SZH | Corpoboyacá y CAR | 457.211,2 |
8. Río Alto Suárez - NSS | Corpoboyacá y CAR | 171.750,5 |
9. Río Cusiana - NSS | Corpoboyacá y Corporinoquia | 510.093,8 |
Total área | 3.729.852,4 |
Debido a la priorización realizada en el año 2014, Corpoboyacá suscribe un Convenio Interadministrativo con el Fondo Adaptación, cuyo objeto es la actualización y/o formulación de los planes de ordenación y manejo la las cuencas Río Alto Chicamocha y Medio y Bajo Suárez, incorporando la gestión del riesgo como determinante ambiental en la ordenación del territorio.
Producto de lo anterior y con el fin de seleccionar un oferente con altas capacidades técnicas, administrativas y financieras para la formulación y/o actualización de estos instrumentos de planificación, se publicó el concurso de méritos CM 014 de 2014, el cual dio como resultado la suscripción del contrato de consultoría CCC N°003/2014.
Luego de dos años de arduo trabajo en equipo entre el contratista, la interventoría, el acompañamiento permanente de la Corporación y la participación activa de diferentes actores con roles y responsabilidades dentro de la gestión ambiental del territorio, fue posible desarrollar cuatro de las seis fases que tiene un POMCA Las cuales son: Aprestamiento, Diagnóstico, Prospectiva y Zonificación Ambiental y Formulación. Para los siguientes POMCAS:
Instancia Consultiva y representativa de los actores que viven y desarrollan actividades en la cuenca Hidrográfica. (Decreto 1076 de 2015 antes Decreto 1640 de 2012).
Representan los intereses de sus comunidades y organizaciones e inciden en el modelo ambiental de su territorio para los próximos 10 años.
El consejo de cuenca se encuentra reglamentado por la Resolución 0509 del año 2013 emitida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
El consejo de cuenca en su fase de diagnóstico esta integrado por:
15 integrantes del consejo de cuenca del Pomca, que representan 10 de los actores.
Consultar consejeros17 integrantes del consejo de cuenca del Pomca, que representan 10 de los actores.
Consultar consejeros17 integrantes del consejo de cuenca del Pomca, que representan 10 de los actores.
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