Tasas por uso de agua
¿Qué es la tasa por utilización de agua?
La tasa por utilización de aguas es el cobro que se realiza a todos los usuarios del recurso hídrico, excluyendo a los que utilizan el agua por ministerio de ley pero incluyendo aquellos que no cuentan con la concesión de agua, sin perjuicio de la imposición de las medidas preventivas y sancionatorias a que haya lugar y sin que implique bajo ninguna circunstancia su legalización.
Antecedentes y fundamento normativo
- La tasa por uso de agua fue creada por el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, Decreto Ley 2811 de 1974, artículo 159.
- La Ley 99 de 1993 en su artículo 43 estableció: “Tasas por Utilización de Aguas”. La utilización de aguas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, dará lugar al cobro de tasas fijadas por el Gobierno Nacional que se destinarán al pago de los gastos de protección y renovación de los recursos hídricos.
- El Decreto 155 de 2004, reglamentó el artículo 43 de la Ley 99 de 1993, y posteriormente fue modificado por el Decreto 4742 de 2005.
- La Ley 1450 de 2011, en el artículo 216, parágrafo 3 establece que la tasa por utilización de aguas se cobrará a todos los usuarios del recurso hídrico, excluyendo a los que utilizan el agua por ministerio de ley, pero incluyendo aquellos que no cuentan con la concesión de aguas, sin perjuicio de la imposición de las medidas preventivas y sancionatorias a que haya lugar y sin que implique bajo ninguna circunstancia su legalización.
- El Decreto 1076, de 26 de mayo de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”, en el Título 9 de los Instrumentos Financieros, Económicos y Tributarios, en su Capítulo 6 compila todas las normas anteriores con respecto al cobro de las Tasas por Utilización del Agua.
- Corpoboyacá, mediante la Resolución 3919 de 10 de noviembre de 2015, fijó el período de facturación, cobro y recaudo de las tasas por utilización de aguas en su jurisdicción y mediante la Resolución 3918 de 10 de noviembre de 2015 adoptó el Formato de Registro FGP-62 “Reporte mensual de volúmenes de agua captada y vertida”, como único medio para que los sujetos pasivos realicen sus reportes.
- Corpoboyacá, mediante Resolución 1513 del 27 de abril de 2018, fija el período de facturación, cobro y recaudo de las tasas por utilización de aguas en la jurisdicción de CORPOBOYACÁ.
Reglamentación
- Resolución 600 del 22 de abril de 2021
- Resolución 1513 del 27 de abril de 2018
- Decreto 1571 del 2 de agosto de 2017
- Decreto 1155 del 7 de julio de 2017
- Resolución 3919 del 10 de noviembre de 2015
- Resolución 3918 del 10 de noviembre de 2015
- Decreto 1076 de 26 de mayo de 2015
- Reporte mensual volúmenes agua captada y vertida – versión 2
- Reporte mensual volúmenes agua captada y vertida – versión 2
Socialización de tasa por utilización de agua
Avisos
Circulares
- Circular Externa 063 – Talleres de Instrumentos Económicos_2022
- Circular Externa 062 – Talleres de Instrumentos Económicos 2022
- Circular Externa 063 – Talleres de Instrumentos Económicos 2021
- Circular 062 – Tasa por uso de Agua 2021
- Circular 044 Tasa por uso de Agua de 2018
- Circular 063 Tasa por uso de Agua de 2017
Informes MADS
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2022
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2021
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2020
- Informe MADS periodo enero a diciembre de 2019
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2018
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2017
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2016
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2015
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2014
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2013
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2012
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2011
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2010
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2009
- Informe MADS periodo enero a diciembre 2008
Folletos
- Conocer el Folleto Ilustrado Vivienda Rural Dispersa en formato PDF