6.2.6 Control Social
El Control Social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos. (artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015).
Como se indica en la estrategia de participación, uno de los Mecanismos administrativos de Participación Ciudadana, es el Control social. El cual, plantea una visión del ciudadano como aliado para el cumplimiento de las funciones de control a cargo del Estado. En este caso, en particular, de la autoridad en materia ambiental, sobre proyectos licenciados. Es aplicable tanto en el proceso de evaluación como el seguimiento a un proyecto, obra o actividad objeto de licencia ambiental. Estrategia de participación – Corpoboyacá
- 6.2.6.1 Modalidades de control social
- 6.2.6.2 Convocatoria Inicio de Ejecución de Programas, Proyectos y Contratos
- 6.2.6.3 Resumen del tema objeto de vigilancia
- 6.2.6.4 Informes del interventor o el supervisor
- 6.2.6.5 Herramienta de evaluación de las actividades
- 6.2.6.6 Publicación del registro de las observaciones de las veedurías
- 6.2.6.7 Acciones de mejora