Guía para permiso o autorización para aprovechamiento forestal de árboles aislados


¿Cómo solicitar un permiso o autorización para aprovechamiento forestal de árboles aislados?

Descripción del trámite

Criterios Legales

  • Decreto 1076 de 2015, Libro 2, Parte 2 Sección 9.
  • Decreto 1532 de 2019.
  • Decreto 690 de 2021 “Por el cual se adiciona y modifica el Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015, del sector de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con el manejo sostenible de la flora silvestre y los productos forestales no maderables, y se adoptan otras determinaciones”. 

De acuerdo al Decreto 1076 de 2015, el aprovechamiento de Árboles Aislados se otorga cuando se cumplen las siguientes situaciones:

  • (…) Artículo 2.2.1.1.9.1. Solicitudes prioritarias. Cuando se quiera aprovechar árboles aislados de bosque natural ubicado en terrenos de dominio público o en predios de propiedad privada que se encuentren caídos o muertos por causas naturales, o que por razones de orden sanitario debidamente comprobadas requieren ser talados, se solicitará permiso o autorización ante la Corporación respectiva, la cual dará trámite prioritario a la solicitud.
  • Artículo 2.2.1.1.9.3. Tala de emergencia. Cuando se requiera talar o podar árboles aislados localizados en centros urbanos que por razones de su ubicación, estado sanitario o daños mecánicos estén causando perjuicio a la estabilidad de los suelos, a canales de agua, andenes, calles, obras de infraestructura o edificaciones, se solicitará por escrito autorización, a la autoridad competente, la cual tramitará la solicitud de inmediato, previa visita realizada por un funcionario competente técnicamente la necesidad de talar árboles.
  • Artículo 2.2.1.1.9.4. Tala o reubicación por obra pública o Cuando se requiera talar, trasplantar o reubicar árboles aislados localizados en centros urbanos, para la realización, remodelación o ampliación de obras públicas o privadas de infraestructura, construcciones, instalaciones y similares, se solicitará autorización ante la Corporación respectiva, ante las autoridades ambientales de los grandes centros urbanos o ante las autoridades municipales, según el caso, las cuales tramitarán la solicitud, previa visita realizada por un funcionario competente, quien verificará la necesidad de tala o reubicación aducida por el interesado, para lo cual emitirá concepto técnico.

La autoridad competente podrá autorizar dichas actividades, consagrando la obligación de reponer las especies que se autoriza talar. Igualmente, señalará las condiciones de la reubicación o trasplante cuando sea factible.

  • Artículo 2.2.1.1.12.14. Aprovechamiento de Árboles Aislados y de sombrío. Los árboles aislados podrán ser objeto de aprovechamiento para obtener productos forestales y será competencia de las autoridades ambientales regionales.

Árboles aislados fuera de la cobertura de bosque natural. Son los individuos que resulten de regeneración natural, árboles plantados o establecidos y que no son parte de una cobertura de bosque natural o cultivo forestal con fines comerciales.

Árboles de sombrío. Son los árboles que acompañan, permanente o temporalmente, el desarrollo de cultivos agrícolas o de pastizales, brindándoles beneficios ambientales, tales como sombrío, prevención de plagas o enfermedades, evitar la erosión, suministro de abonos verdes, entre otros. Estos árboles pueden ser establecidos por el hombre o surgir por regeneración natural. Se ubican de manera dispersa o bajo un arreglo establecido dentro del sistema productivo.


Costos y tasas del trámite

Radicar a través de los canales de atención al público:

  • Formato único nacional de solicitud debidamente diligenciado y documentación anexa.
  • Costos del proyecto objeto de permiso en el formato de auto declaración, costos de inversión y anual de operación FGR-29 debidamente diligenciado.

Una vez verificada la información presentada por parte del funcionario encargado, se procede a generar la liquidación mediante el formato FGR-91 “Tabla única de liquidación para evaluación ambiental” y recibo de pago con el valor total a pagar.


Documentación requerida

Árboles por solicitud prioritaria, tala de emergencia, construcción obra pública o privada.

  • Formato único nacional de solicitud de aprovechamiento forestal y manejo sostenible de flora silvestre y productos forestales no maderables.
  • Formato FGR-06 Parte A «Inventario Forestal al 100%» (incluir registro fotográfico y geo-rreferenciación por individuo marcado y destinado a aprovechar anexo en medio magnético).
  • Fotocopias de cédula del o los propietarios del predio o representante legal según aplique.
  • Certificado de existencia y representación legal (persona jurídica).
  • Fotocopia escritura (s) del predio objeto de aprovechamiento
  • Certificado de libertad y tradición con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.
  • Autorización escrita del propietario del predio cuando se actúa como tenedor sí aplica.
  • Formato FGR-29 «Auto-declaración costos de inversión y anual de operación».
  • Copia de recibo de consignación o factura de pago por servicios de evaluación ambiental a favor de Corpoboyacá.

Procedimiento para radicar la solicitud: Una vez reunida la información con el lleno de los requisitos, se solicita la liquidación para el pago por servicios de evaluación ambiental de manera personal en Corpoboyacá o vía correo electrónico a ousuario@corpoboyaca.gov.co con comunicación escrita, una vez efectuado el pago y adjunto a la documentación respectiva, se procede a la radicación de toda la documentación.

Aprovechamiento de árboles aislados fuera de la cobertura de bosque natural. 

Solicitud de especies nativas con volumen superior a 50 m3.

  • Formato único nacional de solicitud de aprovechamiento forestal y manejo sostenible de flora silvestre y productos forestales no maderables.
  • Estudio técnico para el aprovechamiento de árboles aislados (términos de referencia Corpoboyacá).
  • Fotocopias de cédula del o los propietarios del predio o representante legal según aplique.
  • Certificado de existencia y representación Legal (persona jurídica).
  • Fotocopia escritura (s) del predio objeto de aprovechamiento.
  • Certificado de libertad y tradición con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.
  • Autorización escrita del propietario del predio cuando se actúa como tenedor si aplica.
  • Formato FGR-29 «Auto declaración, costos de inversión y anual de operación».
  • Copia de recibo de consignación o factura de pago por servicios de evaluación ambiental a favor de Corpoboyacá.

Solicitud de especies Nativas con volumen inferior a 50 m3 y Solicitudes de especies exóticas o introducidas sin límite de volumen.

  • Formato único Nacional de solicitud de aprovechamiento forestal y manejo sostenible de flora silvestre y productos forestales no maderables.
  • Formato FGR-06 “Información para el aprovechamiento de árboles Aislados” Parte A y B.
  • Fotocopias de cédula del o los propietarios del predio o representante legal según aplique.
  • Certificado de existencia y representación Legal (persona jurídica).
  • Fotocopia escritura (s) del predio objeto de aprovechamiento.
  • Certificado de libertad y tradición con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.
  • Autorización escrita del propietario del predio cuando se actúa como tenedor si aplica.
  • Formato FGR-29 «Auto declaración, costos de inversión y anual de operación».
  • Copia de recibo de consignación o factura de pago por servicios de evaluación ambiental a favor de Corpoboyacá.

Procedimiento para radicar la solicitud: Una vez reunida la información con el lleno de los requisitos, se solicita la liquidación para el pago por servicios de evaluación ambiental de manera personal en Corpoboyacá o vía correo electrónico a ousuario@corpoboyaca.gov.co con comunicación escrita, una vez efectuado el pago y adjunto a la documentación respectiva, se procede a la radicación de toda la documentación.

Aprovechamiento de Árboles Aislados para uso doméstico.

Aplica para solicitudes en predios de propiedad privada, el destino de los productos es exclusivamente para satisfacer necesidades domésticas, no se permite la comercialización de la madera.

El volumen máximo a otorgar para especies nativas es de 10 m3, para especies exóticas o introducidas 20 m3.

  • Formato único Nacional de solicitud de aprovechamiento forestal y manejo sostenible de flora silvestre y productos forestales no maderables.
  • Formato FGR-06 Parte A “inventario forestal al 100%” (incluir registro fotográfico y geo-referenciación por individuo marcado y destinado a aprovechar anexo en medio magnético).
  • Fotocopias de cédula del o los propietarios del predio.
  • Fotocopia de la Escritura Pública.
  • Certificado de libertad con fecha de expedición no mayor a 30 días.

Procedimiento para radicar la solicitud: No requiere de pago por servicios de evaluación ambiental, una vez reunida la información con el lleno de los requisitos se radica el trámite ante Corpoboyacá o vía correo electrónico a la dirección ousuario@corpoboyaca.gov.co.


Formatos

  • Formato único Nacional de solicitud de aprovechamiento forestal y manejo sostenible de flora silvestre y productos forestales no maderables.
  • Formato FGR-06 “información para el aprovechamiento de árboles aislados” incluye Parte A “Inventario forestal al 100%” y B “información para el aprovechamiento y manejo de árboles aislados”.
  • Formato FGR-29 «Auto declaración, costos de inversión y anual de operación».
  • Términos de referencia.

Enlace del trámite

Consultar en el SUIT