Guía para concesión de aguas superficiales


¿Cómo tramitar una concesion de aguas superficiales?

Descripción del trámite

El trámite de Concesión de Aguas Superficiales es un proceso que deben iniciar las personas que pretendan obtener el derecho al aprovechamiento de las aguas. Así lo determina el artículo 2.2.3.2.7.1. del Decreto 1076 de 2015.

El procedimiento de Concesión de Aguas está regulado en el artículo 2.2.3.2.9.1 del Decreto 1076 de 2015 y comienza con la presentación del Formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Superficiales, junto con los documentos anexos.

Acto seguido se hace la liquidación por los servicios de evaluación ambiental, y se imprime el recibo de pago para que el usuario cancele el valor liquidado en las cuentas habilitadas para ese efecto.

Cuando el usuario presenta toda la documentación completa y los formularios diligenciados en debida forma, se procede a radicar la solicitud para hacer el Auto de inicio de trámite, en caso de que la información esté incompleta se harán los respectivos requerimientos.

Una vez iniciado el trámite, se programa una visita de evaluación, en la que se recopilan los datos técnicos necesarios para determinar si es factible otorgar la concesión, teniendo en cuenta los aforos de la fuente; la población y los proyectos que se benefician de ese mismo punto de captación y los posibles daños que pudieran generarse; la forma de restituir los sobrantes o las causas que lo impidan; la titularidad sobre el predio en el que se van a construir las obras de captación y la documentación aportada.

Una vez reunida la información necesaria y ejecutada dicha visita, se decide si es procedente otorgar la Concesión de Aguas, lo cual queda debidamente motivado en el acto administrativo que lo decida.

En caso de que la Concesión de Aguas se otorgue, estará sujeta al cumplimiento de lo estipulado en la resolución de otorgamiento.


Costos y tasas del trámite

Para la liquidación de los servicios de evaluación ambiental se debe presentar diligenciado el formato “FGP-89 Declaración de costos de inversión y anual de operación”

Dicho pago se debe realizar en cualquiera de las cuentas que para tal efecto dispone la Corporación, las cuales son:

  • Banco de Occidente cuenta corriente número 390048395
  • Davivienda cuenta corriente número 176569999939
  • Banco Agrario cuenta corriente número 315030001178, convenio 21219

Documentación requerida

  1. Documentos de identificación, cédula de ciudadanía para una persona natural, o Certificado de Existencia y Representación Legal y Rut (opcional) si es una persona Jurídica.
  2. Documentos que acrediten el derecho que tiene el solicitante sobre el (los) predio (s) a beneficiar: Certificado de tradición y libertad con expedición no superior a dos meses o declaración extra juicio cuando se es poseedor; cuando el solicitante es arrendatario del predio deberá presentar una autorización del propietario, junto con el certificado de tradición y libertad del predio en el que aparezca como propietario el arrendador y una copia del contrato de arrendamiento.
  3. Documentos que acrediten el derecho que tiene el solicitante sobre el predio captante: podría ser la copia de la escritura pública de constitución de servidumbre; una autorización del propietario o poseedor del predio; un certificado de tradición y libertad del predio; o una declaración extra juicio.
  4. Cuando se trate de Concesiones de Agua para consumo doméstico el solicitante deberá presentar un Certificado Sanitario Favorable expedido por la Secretaría de Salud.
  5. Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua: La presentación se realizará bajo los siguientes criterios.

Formato FGP-09 y/o FGP-28 (PUEAA Simplificado)

El PUEAA simplificado aplica única y exclusivamente para personas naturales de acuerdo a lo consignado en el artículo 2.2.3.2.1.1.3 del Decreto 1076 de 2015 y acueductos rurales en marco de la estrategia de formalización del recurso hídrico, siempre y cuando su solicitud cumpla las siguientes condiciones de uso y caudal:

      Agrícola y/o Pecuario: < 2,5 L/S  

      Doméstico: < 2,5 L/S

      Piscícola (Subsistencia): < 2 L/S

      Industrial (Micro): <0,75 L/S

Se debe tener en cuenta que,

I) En los casos asociados al uso agrícola, doméstico, pecuario y piscícola (subsistencia) deberá diligenciarse en el formato FGP-09, perteneciente al sistema de gestión de calidad de Corpoboyacá.

II)En los casos asociados al uso industrial deberá diligenciarse en el formato FGP-28, perteneciente al sistema de gestión de calidad de Corpoboyacá.

III) El PUEAA simplificado no aplicará a concesiones de agua adelantadas por personas naturales en marco de proyectos de licenciamiento ambiental.

IV) El PUEAA simplificado no aplicará para tramites por personas naturales que pretendan adelantar el uso del recurso hídrico en establecimientos de tipo recreativo y/o hotelero, dadas las características diferenciales de consumo para los mismos.

Los formatos previamente mencionados se pueden descargar del siguiente link: https://www.corpoboyaca.gov.co/proyectos/manejo-integral-del-recurso-hidrico/gestion-integral-del-recurso-hidrico/

Documento

Para caudales mayores a los indicados anteriormente u otros usos del recurso hídrico, deberá elaborarse el documento PUEAA de acuerdo a los términos de referencia de Corpoboyacá, los cuales pueden ser consultados en el siguiente link: https://www.corpoboyaca.gov.co/proyectos/manejo-integral-del-recurso-hidrico/gestion-integral-del-recurso-hidrico/

6. En el evento de que la concesión de aguas superficiales tenga como enfoque el reúso de las aguas residuales, conforme a disposiciones de la Resolución 1256 de 2021, se deberá allegar la siguiente información:

  • Descripción de la actividad de reúso, características del área o sitio donde se pretende realizar la actividad de reúso del agua, determinación de las condiciones particulares del suelo y los criterios agronómicos con el grado de restricción aplicable de la resolución 1256 de 2021.
  • Balance hídrico del sistema de reúso por parte del usuario receptor donde contemple el volumen entregado por el usuario generador.
  • Identificación de los riesgos potenciales a los recursos naturales renovables derivados del uso de las aguas residuales.
  • Medidas preventivas que se deben aplicar para evitar los riesgos potenciales identificados, con sus respectivas actividades para seguimiento.
  • Para el uso agrícola, evaluación de vulnerabilidad intrínseca de los acuíferos a la contaminación, a escala 1:25.000 o de mayor detalle.
  • Para el uso agrícola e industrial, un plan de monitoreo y seguimiento de la calidad y cantidad del agua residual empleada en el reúso, el cual identifique entre otros elementos el punto de control y el punto de entrega.
  • Para el uso agrícola, se deberá demostrar mediante mediciones in situ, la velocidad de infiltración en el suelo u otros procedimientos técnicamente establecidos por la ciencia y la técnica, que las cantidades de agua y los tiempos de aplicación en los diferentes períodos estacionales, satisfacen los requerimientos de agua del suelo y/o del cultivo y que no se generan cantidades excedentes de la misma como escorrentía o percolación.

En este sentido para el uso agrícola, las tasas de aplicación (m3/día-ha) y el tiempo de aplicación (días/año) del agua residual no deben ocasionar cambios en la salinidad, Sodicidad y toxicidad del suelo que limiten, restrinjan o impidan los usos agrícolas actuales y potenciales del área de aplicación, teniendo como directrices por tipo de cultivo las establecidas por el ministerio de agricultura y desarrollo rural – MADR o las de la organización de las naciones unidas para la alimentación y la agricultura FAO.

NOTA: En el caso de las concesiones de agua por reúso, no aplica la presentación del programa de uso eficiente y ahorro del agua, de acuerdo a lo contemplado en el anexo técnico de la resolución 1256 del 23 de noviembre de 2021 “por la cual se reglamenta el uso de las aguas residuales y se adoptan otras disposiciones”

 


Formatos

Formularios generales que todos los solicitantes deben presentar
  1. Formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Superficiales
  2. FGP-89 Formulario de Declaración de Costos de Inversión y Anual de Operación, Captación, Control, Tratamiento y Distribución.
Formularios específicos para el uso de la concesión

Para acueductos

  • FGP-77 Listado de Suscriptores (de acuerdo con el número de Suscriptores).
  • FGP-82 Diseño del Proyecto de Acueducto conforme a los lineamientos allí establecidos. Incluyendo anexos de Estatutos del prestador del servicio.

Para riego colectivo

  • FGP-77 Listado de suscriptores.
  • FGP-83 Diseño del Proyecto de Distrito de Riego conforme los lineamientos allí establecidos. Incluyendo anexos del Estatutos del distrito de riego (en caso de aplicar.

Para cultivos piscícolas

  • FGP-85 Información de Proyecto Piscícola.

Para industrias

  • FGP-86 Información de Proyecto Industrial.

Para uso recreativo

  • FGP-87 Información de Uso Recreativo.

Enlace del trámite

Consultar en el SUIT