Participa
- 1.1 Descripción General del Menú Participa
- 1.2 Información sobre los mecanismos, espacios o instancias del Menú Participa
- 1.3 Estrategia de participación ciudadana
- 1.4 Estrategia anual de rendición de cuentas
- 1.5 Programa de Transparencia y Ética Pública – PTEP
- 1.6 Informes de rendición de cuentas generales
- 1.7 Convocatorias para la participación de la ciudadanía y grupos de valor en los espacios, instancias o acciones que ofrece la entidad
- 1.8 Calendario de la estrategia anual de participación ciudadana
- 1.9 Formulario de inscripción ciudadana a procesos de participación, instancias o acciones que ofrece la entidad
- 1.10 Canal de interacción deliberatoria para la participación ciudadana
2. Estructura y Secciones del Menú «PARTICIPA»
La participación para el diagnóstico e identificación de problemas es la vinculación de ciudadanos e interesados en el proceso de recolección y análisis de información para identificar y explicar los problemas que les afecta directa o indirectamente con base en datos, ideas, hechos, experiencias y propuestas relacionados con la caracterización de la situación abordada, lo que permite identificar las problemáticas y las necesidades de los grupos de valor de la entidad.
Conocer el Diagnóstico e identificación de problemas
- 2.1.1 Temas de interés
- 2.1.2 Caja de herramientas
- 2.1.3 Herramientas de evaluación
- 2.1.4 Divulgación de resultados
La planeación participativa en la Corporación Autónoma Regional de Boyacá –Corpoboyacá, se concibe como un mecanismo de gestión pública mediante el cual la ciudadanía, las comunidades organizadas, los grupos de valor y demás actores sociales inciden en la orientación de las políticas, planes, programas y proyectos ambientales, de acuerdo con las necesidades y prioridades del territorio. Este proceso permite la construcción colectiva de metas e indicadores, la definición concertada de productos y actividades, y la identificación de impactos esperados, garantizando la coherencia entre la planificación institucional y las expectativas de la sociedad civil.
De manera complementaria, el presupuesto participativo se constituye en un instrumento de corresponsabilidad y transparencia, a través del cual Corpoboyacá promueve la participación de la ciudadanía en la priorización y seguimiento de los recursos destinados a la ejecución de programas y proyectos ambientales. Este proceso se desarrolla en armonía con los objetivos del Plan de Gestión Ambiental Regional 2021–2031 y el Plan de Acción “Tejiendo Vida” 2024–2027, facilitando espacios de diálogo, consulta y concertación para la toma de decisiones informadas sobre la inversión pública.
A través de la planeación y el presupuesto participativo, Corpoboyacá fortalece la gobernanza ambiental y fomenta la vigilancia ciudadana sobre la gestión institucional, garantizando la transparencia, la eficiencia en el uso de los recursos y la consolidación de una gestión ambiental democrática y territorialmente incluyente.
La Consulta ciudadana es un mecanismo de participación que busca conocer las opiniones, sugerencias o propuestas, comentarios y aportes de los usuarios, ciudadanos y grupos de interés con respecto a los proyectos, normas, políticas, programas o trámites adelantados por la entidad antes de la formulación de los mismos o la toma de decisiones. Este mecanismo, sirve para priorizar problemáticas o temas en rendición de cuentas, seleccionar o evaluar programas, obras o proyectos de inversión en cualquier momento del ciclo de la gestión pública y para la mejora de trámites y disposiciones legales.
Para Corpoboyacá es importante conocer las opiniones y propuestas de la ciudadanía que permitan la formulación de planes, proyectos y productos institucionales con criterios de inclusión, participación y valor público.
2.3.1 Temas de consulta (normas, políticas, programas o proyectos) y resumen del mismo
2.3.2 Canales de consulta y caja de herramienta
2.3.3 Observaciones, comentarios y respuestas de proyectos normativos
2.3.4 Normativa
2.3.5 Herramienta de evaluación
La Colaboración e Innovación es entendida como la interacción con la ciudadanía para la búsqueda de soluciones a problemáticas públicas con el conocimiento de los grupos de valor y así resolver los desafíos de las entidades, de modo que se establezcan redes de cooperación y sinergias que permitan comprender las problemáticas o necesidades de una población particular, abrir canales para recibir ideas y propuestas de solución y lograr la selección final de las más viables.
- 2.4.1 Consulta sobre temas o problemáticas
- 2.4.2 Convocatoria con el reto (Corpoboyacá, NO tiene retos vigentes para el proceso de colaboración e innovación abierta)
- 2.4.3.Retos vigentes y reporte con la frecuencia de votaciones de soluciones en cada reto
- 2.4.4 Propuesta elegida y criterios para su selección
- 2.4.5 Plan de trabajo para implementar la solución diseñada
- 2.4.6 Información sobre los desarrollos o prototipos
Antecedentes históricos de las CAR
Antes de la Constitución de 1991
Las Corporaciones Autónomas Regionales -CAR, existen en Colombia desde antes de la expedición de la Constitución Política de 1991, siguiendo el modelo de la primera Corporación Autónoma Regional constituida, como fue la del Valle Alto del Cauca -CVC, en 1954, que se creó a semejanza de la autoridad
del Valle del Tennessee (USA), con el objetivo básico de promover el desarrollo integral del Valle Alto del río Cauca.
En 1991, estas corporaciones constituían un modelo novedoso de administración pública, siendo reconocidas como entidades técnicas del orden nacional, adscritas al Departamento Nacional de Planeación –DNP. Estaban encargadas de la promoción y fomento del desarrollo económico y social de las regiones, gozaban de un régimen especial que atendía a la especialidad y especificidad
de las funciones que les fueron encomendadas y cuya jurisdicción no estaba asociada a la división política administrativa del país, sino que obedecía a
regiones con características territoriales o socioeconómicas comunes, que facilitaban una planificación integral de su desarrollo.
Poco a poco el Gobierno Nacional dio lugar al nacimiento de estas entidades, y es así como cuatro años después de la creación de la CVC en 1960, se estableció la Corporación Autónoma de los Valles del Magdalena y Sinú -CVMS, con jurisdicción sobre los departamentos de Córdoba, Bolívar, Sucre, Atlántico, Magdalena, Cesar y algunas áreas de los departamentos de Antioquia, Boyacá y Santander. Al año
siguiente, en 1961, surgió la Corporación Autónoma Regional de la Sabana de Bogotá y de los Valles de Ubaté y Chiquinquirá, con jurisdicción en 52 municipios de Cundinamarca y cuatro del suroccidente de Boyacá, asociada principalmente a la gestión integral del agua
Posteriormente, en 1965, y con el fin de controlar la intensa erosión que amenazaba
la estabilidad de la capital del departamento de Santander, se creó la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga – CDMB. En 1968, se erigieron la Corporación Nacional para el Desarrollo del Chocó -Codechocó, con el objetivo de fortalecer la acción pública en dicho departamento, y la
Corporación Autónoma Regional de Urabá -Corpourabá, organizada para resolver la aguda crisis de servicios públicos de esta región.
Cabe mencionar, que paralelo al surgimiento de las CAR, y en este mismo año (1968), se creó el Instituto Nacional de Recursos Naturales -Inderena, entidad encargada de los recursos naturales y el ambiente con jurisdicción en todo el país, adscrita al Ministerio de Agricultura.
Más adelante, en 1971, se conforma la Corporación para la Defensa de Manizales, Salamina y Aránzazu –Cramsa, para atender los problemas específicos de erosión generados por el monocultivo del café en estos tres municipios; y en 1991 amplía su jurisdicción a 22 municipios del departamento de Caldas, convirtiéndose en la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo de Caldas –
Corpocaldas.
Durante este devenir histórico en Colombia, se da inicio a los primeros movimientos mundiales en torno al ambiente, desarrollándose en 1972 la “Primera Cumbre de la Tierra”, en Estocolmo.
De regreso a nuestro país, en 1973 mediante la Ley 13 fue creada la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge -CVS, cuya principal función fue promover el desarrollo económico y social de la región de los Valles del Sinú y del San Jorge; y en 1974 se expide el “Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente”.
En el año de 1976, el Gobierno Nacional decide adscribir las CAR al Departamento Nacional de Planeación -DNP, para consolidar su enfoque de planeación y desarrollo regional, e igualmente asignarles funciones en materia ambiental, toda vez que les ordenó asumir estas competencias para ser ejercidas en sus respectivas jurisdicciones, y el Inderena sería el encargado de las mismas en el resto del país.
Llegada la década de los ochenta, en 1981, se crearon las CAR de los departamentos del Tolima -Cortolima, para fomentar el desarrollo integral del departamento; y la de Risaralda -Carder, como una respuesta a una problemática de riesgos identificada en el tramo urbano del río Otún.
Un año más tarde, en 1982 surge una Corporación Autónoma Regional con jurisdicción en los departamentos de Nariño y Putumayo, que en 1983 se escinde en dos CAR, una con jurisdicción en el departamento de Nariño, y la otra con jurisdicción en el departamento de Putumayo.
En este mismo año se crearon las CAR de la Guajira – Corpoguajira, del Cesar – Corpocesar y de la Frontera Nororiental – Corponor, para atender la problemática asociada a las zonas de frontera.
Igualmente, pero con ocasión del terremoto de Popayán, surge la Corporación Autónoma Regional para el departamento del Cauca -CRC; y finalmente nace la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare -Cornare,
para reanimar a la región del oriente antioqueño, dado los impactos
generados por la construcción del embalse y la hidroeléctrica del Peñón.
La última corporación creada durante este período, fue la del departamento del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta – Corpamag en 1988, para atender la problemática asociada a esta región.
La Constitución Ecológica: hacia el Desarrollo Sostenible
La Constitución Política de Colombia, expedida en 1991, fue reconocida por la jurisprudencia como una Constitución Ecológica, porque consagra el tema ambiental a lo largo de su contenido, dándole una especial protección por parte del Estado, al
incorporarlo en más de 34 de sus artículos. El concepto de manejo integral de los recursos naturales y el modelo de las CAR fue recogido por la Constitución al señalar en el artículo 150 numeral 7, que al Congreso de la República le corresponde reglamentar su creación y funcionamiento dentro de un régimen de
autonomía; y en el 317, retoma como fuente de financiación, la sobretasa ambiental al impuesto predial, destinada al manejo y conservación de los
recursos naturales, como una excepción a la autonomía territorial en materia fiscal.
Estos dos artículos, asociados con el 113 de la Carta Política, que se refiere a la estructura del Estado, ubicaron a las CAR por fuera de la rama ejecutiva del poder público y las designó como entes autónomos.
En 1992 se celebró la segunda cumbre de la tierra en Río de Janeiro, Brasil, en virtud de la cual, Colombia en cumplimiento de los compromisos de esta segunda cumbre mundial ambiental y en desarrollo de la Constitución del 91, se expidió la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993.
Más que un Ministerio, el Sistema Nacional Ambiental – SINA
La Ley 99 más que un Ministerio de Ambiente, creó el Sistema Nacional Ambiental – SINA, definido como el conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los principios generales ambientales contenidos en la Ley, en cuyo marco se dio
lugar a la transformación y creación de las CAR. Definió que: “Las Corporaciones Autónomas Regionales son entes corporativos de carácter público, creados por la ley, integrados por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente”.
A partir de la Ley 99 de 1993, se transformaron las CAR existentes y se crearon 17 nuevas, pero solo se reglamentaron 16, quedando sin desarrollarse la de la Sierra Nevada de Santa Marta, para un total de 33 Corporaciones Autónomas Regionales existentes en la actualidad. De estas, siete se crearon como Corporaciones para el Desarrollo Sostenible, por estar asociadas a ecosistemas de la mayor importancia para el país.
Con la Constitución de 1991 y la Ley 99 de 1993, el Estado Colombiano creó las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible como la institucionalidad ambiental del orden nacional, con jurisdicción regional, para la administración del medio ambiente y los recursos naturales
renovables, mediante la ejecución de políticas, planes y programas ambientales del hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, ejerciendo como máximas autoridades ambientales en su jurisdicción. Se quería tener entidades que, con base en el conocimiento técnico de su región, y en articulación con el Ministerio y las otras
entidades del SINA, pudieran garantizar mediante el ejercicio de la autoridad ambiental, el equilibrio entre el desarrollo tradicional (función del gobierno) y la conservación del medio ambiente (Deber del Estado). Principal institucionalidad ambiental regional: las CAR.
A continuación, se enuncian algunos datos de interés de las 33 CAR:
– Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena -CAM, con sede en la ciudad de Neiva y jurisdicción en todo el departamento del Huila, abarcando 37 municipios.
– Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca -CAR, creada por la Ley 99 de 1993 a partir de la transformación de la anterior Corporación Autónoma Regional
para las cuencas de los ríos Bogotá, Ubaté y Suárez. Su sede es la ciudad de Bogotá y tiene jurisdicción en la totalidad del área rural del Distrito Capital, 98 municipios de Cundinamarca y seis municipios de Boyacá.
– Corporación Autónoma Regional de Risaralda -Carder, creada por la Ley 99 de
1993 a partir de la transformación de la anterior Corporación, conservando su denominación y jurisdicción. Con sede en la ciudad de Pereira y jurisdicción en todo el departamento de Risaralda cubriendo 14 municipios.
– Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique -Cardique, con sede en la ciudad de Cartagena y jurisdicción en 21 municipios de la zona norte del departamento de Bolívar.
– Corporación Autónoma Regional de Sucre -Carsucre, con sede en la ciudad de Sincelejo, departamento de Sucre y jurisdicción en 19 municipios del departamento.
– Corporación Autónoma Regional de Santander -CAS, con sede en la ciudad de San Gil, departamento de Santander y jurisdicción en 74 municipios de Santander.
– Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico – CDA, con sede en la ciudad de Puerto Inírida, departamento del Guainía y jurisdicción en
los departamentos del Guainía, Vaupés y Guaviare.
– Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga –
CDMB, creada por la Ley 99 de 1993 a partir de la transformación de la anterior
Corporación, conservándole su denominación, pero ampliándole su jurisdicción a 13 municipios de Santander, incluyendo a Bucaramanga, donde tiene su
sede principal.
– Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó -Codechocó, creada por la Ley 99 de 1993 a partir de la transformación de la anterior corporación, conservando su jurisdicción. Con sede en Quibdó y jurisdicción en todo
el departamento del Chocó, cuyos territorios se localizan en la
costa pacífica y una parte en el Darién del caribe colombiano. En el 90% de su jurisdicción se encuentran asentados territorios colectivos de comunidades negras e indígenas.
– Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
–Coralina, con sede en San Andrés Isla y cuya jurisdicción comprende el territorio del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Es la una corporación, que desde su creación se le asignó jurisdicción sobre el territorio marino.
– Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia -Corantioquia, con sede en Medellín y jurisdicción en 80 municipios de Antioquia.
– Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial de La Macarena –Cormacarena, con sede en Villavicencio y hoy con jurisdicción en todo el departamento del Meta.
– Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare -Cornare, creada por la Ley 99 de 1993 a partir de la transformación de la anterior corporación, conservando su denominación y jurisdicción en 26 municipios de Antioquia. Con sede en el municipio El Santuario.
– Corporación Autónoma Regional del Magdalena -Corpamag, creada por la Ley 99 de 1993 a partir de la transformación de la anterior corporación, conservando su denominación y jurisdicción, aunque inicialmente se excluían las áreas incluidas en la jurisdicción de la Corporación para el Desarrollo Sostenible de la Sierra Nevada de Santa Marta, que nunca se reglamentó. Tiene su sede en Santa Marta
y jurisdicción en todo el departamento del Magdalena, con 29 municipios y el área rural del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta.
– Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía -Corpoamazonia,
creada por la Ley 99 de 1993 a partir de la transformación de la anterior Corporación Autónoma del Putumayo, ampliando su jurisdicción a todos los municipios de los departamentos de Putumayo, Amazonas y Caquetá. con sede en el municipio de Mocoa departamento de Putumayo.
– Corporación Autónoma Regional de Boyacá -Corpoboyacá, con sede en Tunja y jurisdicción en 87 municipios del departamento de Boyacá.
– Corporación Autónoma Regional de Caldas
– Corpocaldas, creada por la Ley 99 de 1993 a partir de la transformación de la anterior corporación. Con jurisdicción en los 27 municipios del departamento de Caldas, y sede principal en el municipio de Manizales.
– Corporación Autónoma Regional del Cesar –Corpocesar, creada por la Ley 99 de 1993 a partir de la transformación de la anterior corporación, conservando su denominación y jurisdicción, aunque inicialmente se excluían las áreas incluidas en la jurisdicción de la Corporación para el Desarrollo Sostenible de la Sierra Nevada de Santa Marta, que nunca se reglamentó. Tiene su sede en la ciudad de
Valledupar y jurisdicción en los 25 municipios del departamento del Cesar.
– Corporación Autónoma Regional de Chivor
– Corpochivor, con sede en el municipio de Garagoa, departamento de Boyacá y jurisdicción en 25 municipios del sur del departamento de Boyacá.
– Corporación Autónoma Regional de La Guajira
– Corpoguajira, creada por la Ley 99 de 1993 a partir de la transformación de la anterior corporación, conservando
su denominación y jurisdicción, aunque inicialmente se excluían las áreas incluidas
en la jurisdicción de la Corporación para el Desarrollo Sostenible de la Sierra Nevada
de Santa Marta, que nunca se reglamentó.
Tiene su sede en la ciudad de Riohacha y jurisdicción en todo departamento de La
Guajira, compuesto por 15 municipios.
– Corporación Autónoma Regional del Guavio -Corpoguavio, con sede en la ciudad de Gachalá, Cundinamarca y jurisdicción en ocho municipios el Centro Oriente del departamento de Cundinamarca.
– Corporación para el Desarrollo Sostenible de La Mojana y El San Jorge Corpomojana, con sede en la ciudad de San Marcos, Sucre y jurisdicción en siete municipios del departamento de Sucre.
– Corporación Autónoma Regional de Nariño -Corponariño, creada por la Ley 99 de 1993 a partir de la transformación de la anterior corporación, conservando su denominación y jurisdicción. Con sede en la ciudad de Pasto y jurisdicción en el departamento de Nariño.
– Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -Corponor, creada por la Ley 99 de 1993 a partir de la transformación de la anterior corporación, conservando su denominación y jurisdicción. Con sede en la ciudad de Cúcuta y jurisdicción en todo el departamento de Norte de Santander que
comprende 40 municipios.
De acuerdo con las funciones, la Corporación Autónoma Regional de Boyacá – Corpoboyacá, es una entidad ambiental del departamento de Boyacá cuyas funciones principales son la protección y manejo del medio ambiente en su jurisdicción. Sus responsabilidades incluyen la formulación, ejecución y evaluación de políticas ambientales, la promoción de la participación comunitaria en actividades ambientales, y la coordinación con los municipios y departamentos para la creación de planes de desarrollo ambiental, según la información sobre funciones ambientales de entidades similares como las CAR en Colombia.
Funciones principales de Corpoboyacá
- Formular y ejecutar políticas ambientales: Implementar políticas ambientales a nivel nacional y regional y coordinar los planes de desarrollo ambiental de los municipios de su jurisdicción.
- Promover la participación comunitaria: Fomentar la participación de la comunidad en actividades relacionadas con la protección del medio ambiente, el desarrollo sostenible y el manejo de los recursos naturales renovables.
- Ejercer control ambiental: Ser la autoridad ambiental en su jurisdicción para vigilar el cumplimiento de las normas ambientales y gestionar los recursos naturales.
- Coordinar acciones ambientales: Articular las acciones y políticas ambientales de los diferentes organismos y entidades que hacen parte del Sistema Nacional Ambiental (SINA) en su área.
- Asesorar a entidades territoriales: Brindar asesoría técnica a los departamentos, distritos y municipios para ayudarles a desarrollar sus planes de desarrollo ambiental.
Así las cosas, Corpoboyacá tiene definidas sus metas, de acuerdo con la construcción del Plan de Acción -2024-2027- Tejiendo Vida – razón por la cual, se adjudicó su correspondiente presupuesto, para la ejecución de los planes, proyectos y procesos contractuales contenidos en el pre-citado plan de acción, por lo cual, no se tienen retos vigentes para el proceso de colaboración e innovación abierta.
No obstante, es oportuno precisar, que, dentro de la Estrategia de Participación Ciudadana, fueron establecidos los diferentes mecanismos y espacios en los que los Usuarios y/o Grupos de Interés y de valor, tienen la oportunidad de participar en procesos de colaboración e innovación abierta.
La Rendición de Cuentas es el proceso conformado por un conjunto de normas, procedimientos, metodologías, estructuras, prácticas y resultados mediante los que las entidades de la administración pública del nivel nacional y territorial y los servidores públicos informan, explican y dan a conocer los resultados de su gestión a los ciudadanos, la sociedad civil, otras entidades públicas y a los organismos de control a partir de la promoción del diálogo.
- 2.5.1 Postulación de temáticas
- 2.5.2 Estrategia de comunicación para la rendición de cuentas
- 2.5.3 Calendario eventos de diálogo
- 2.5.4 Informes de rendición de cuentas
- 2.5.5 Canal para eventos de diálogo Articulación con sistema nacional de rendición de cuentas
- 2.5.6 Preguntas y respuestas de eventos de diálogo
- 2.5.7 Memorias de cada evento
- 2.5.8 Acciones de mejora incorporadas
El Control Social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos. (artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015).
Como se indica en la estrategia de participación, uno de los Mecanismos administrativos de Participación Ciudadana, es el Control social. El cual, plantea una visión del ciudadano como aliado para el cumplimiento de las funciones de control a cargo del Estado. En este caso, en particular, de la autoridad en materia ambiental, sobre proyectos licenciados. Es aplicable tanto en el proceso de evaluación como el seguimiento a un proyecto, obra o actividad objeto de licencia ambiental. Estrategia de participación – Corpoboyacá
- 2.6.1 Modalidades de control social
- 2.6.2 Convocatoria Inicio de Ejecución de Programas, Proyectos y Contratos
- 2.6.3 Resumen del tema objeto de vigilancia
- 2.6.4 Informes del interventor o el supervisor
- 2.6.5 Herramienta de evaluación de las actividades
- 2.6.6 Publicación del registro de las observaciones de las veedurías
- 2.6.7 Acciones de mejora

