Guía para permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial


¿Cómo solicitar un Permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial?

Descripción del trámite

El trámite del permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial es un proceso que deben iniciar las personas naturales o jurídicas que requieran recolectar especímenes silvestres en la jurisdicción de Corpoboyacá, con el objeto de adelantar proyectos de investigación científica no comercial.

El trámite del permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial es un proceso que deben iniciar las personas naturales o jurídicas que requieran recolectar especímenes silvestres en la jurisdicción de Corpoboyacá, con el objeto de adelantar proyectos de investigación científica no comercial, según lo determina el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el Decreto 1376/2013, acogido en su totalidad por el Decreto único reglamentario No. 1076 de 2015 artículo 2.2.2.8.1.1 y subsiguientes, donde se determina que se pueden presentar los siguientes tipos de solicitud de permiso:

  • Permiso marco de recolección: el cual será solicitado por las Instituciones Nacionales de Investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica, para adelantar varios proyectos de investigación científica no comercial, solicitando a la autoridad ambiental competente la expedición de un Permiso Marco de Recolección que ampare todos los programas de investigación científica, que realicen los investigadores vinculados a la respectiva institución.
  • Modificación del permiso marco de recolección: el titular del Permiso Marco de Recolección, durante la vigencia del permiso, podrá solicitar la inclusión de nuevos programas de investigación o modificar los investigadores nacionales o extranjeros adscritos a cada programa, para lo cual deberá tramitar la modificación del respectivo permiso, atendiendo lo señalado en el Formato de Modificación del Permiso Marco de Recolección
  • Permiso individual de recolección: cuando se trata de un solo proyecto, las personas naturales o jurídicas que pretendan recolectar especímenes para adelantar un proyecto de investigación científica no comercial.
  • Solicitud de autorización de recolección de especies amenazadas, endémicas o vedadas: en el caso de que el solicitante de permiso, marco o individual de recolección, requiera recolectar especies amenazadas, endémicas o vedadas, deberá incluir a su solicitud el respectivo formato de autorización, solicitud que debe estar debidamente justificada.

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Costos y tasas del trámite

Según el Artículo 2.2.2.8.6.5 del Decreto 1076/2015 determina que, para estimular la investigación científica, las autoridades competentes no realizarán ningún cobro de los servicios de evaluación y seguimiento a los Permisos de Recolección con fines de investigación científica.


Documentación requerida

Para permisos Individuales de Recolección, además del respectivo formato debidamente diligenciado, se debe adjuntar:

  1. Documento de identificación del solicitante del permiso, ya sea certificado de existencia y representación legal para personas jurídicas o cédula de ciudadanía para personas naturales. En los casos que el trámite se adelante por medio de apoderado, se deberá anexar el poder debidamente conferido, que lo acredita como tal.
  2. Soportes de la información presentada para los responsables del proyecto (copia del documento de identidad, constancias de formación, capacitación y experiencia especifica)
  3. Documento con descripción detallada de las “Metodologías Establecidas” para cada uno de los grupos biológicos objeto de estudio y la justificación para hacer recolección definitiva, de ser solicitada.

En el caso de investigadores extranjeros, además del cumplimiento de los anteriores requisitos, las personas naturales o jurídicas extranjeras deberán presentar:

  1. Carta de la Institución Nacional de Investigación manifestando que acepta su participación en el respectivo proyecto de investigación, y
  2. Copia de acuerdo de cooperación suscrito entre la institución de educación superior o instituto de investigación extranjero y la Institución Nacional de Investigación respectiva.

Nota: Para los demás casos: permiso marco, solicitud de modificación de permiso marco ó solicitud de autorización para recolectar especies amenazadas, endémicas o vedadas; el respectivo formato índica los anexos que se deben adjuntar según el tipo de solicitud.


Formatos

El procedimiento de tramite del permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, determina que:

  1. El usuario radica en Corpoboyacá en la oficina de Atención al Usuario, la solicitud junto con el formato debidamente diligenciado, con todos sus anexos y soportes, según aplique:
    FGP-15 Solicitud permiso marco con fines investigación.
    FGP-74 Modificación permiso marco de recolección.
    FGP-73 Solicitud permiso individual de recolección fines investigación científica.
    FGP-75 Solicitud de autorización especies amenazadas, endemicas o cedadas.
  2. Cuando el usuario presenta toda la documentación completa y los formularios diligenciados en debida forma, Corpoboyacá procede a elaborar el Auto de inicio del trámite, en caso de que la información esté incompleta se harán los respectivos requerimientos al usuario
  3. Corpoboyacá notifica al usuario sobre el Auto por medio del cual se admite la solicitud.
  4. Se remite el expediente a la Subdirección de Ecosistemas y Gestión Ambiental para determinar mediante el respectivo concepto, la viabilidad de la solicitud.
  5. La Subdirección de Ecosistemas y Gestión Ambiental evalúa técnicamente la solicitud, de ser necesario solicita al usuario aclaración o complementación de la información.
  6. De ser viable otorgar el permiso; se realiza el respectivo Acto Administrativo, donde se indican las características del permiso y las obligaciones a cumplir por el usuario.
  7. Se notifica al usuario sobre el otorgamiento o la negación del permiso.

Enlace del trámite

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